Resumen | |
[L] | Orden INT/3844/2006, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden INT/3013/2002, de 14 de noviembre, por la que se regula el derecho preferente para ocupar vacantes de provisión por antigüedad en el Cuerpo de la Guardia Civil.(publicado en Actualidad Diaria 896 el 19 de diciembre de 2006) |
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Por Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, de acuerdo con el mandato legal indicado en el artículo 72.3 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, se aprobó el Reglamento de provisión de Destinos del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.El artículo 44 del citado Reglamento se refiere a los derechos preferentes, estableciendo en el apartado 3 que el Ministerio del Interior, en atención a la especial responsabilidad o penosidad que concurra en determinados destinos podrá establecer, para quienes los ocupan, derecho preferente para todas o algunas unidades, centros u organismos de la Guardia Civil. Por otra parte, la disposición adicional única del mencionado Real Decreto faculta al Ministerio del Interior para dictar las disposiciones que exija el desarrollo del Reglamento de Provisión de Destinos. En su desarrollo, la Orden INT/3013/2002, de 14 de noviembre, por la que se regula el derecho preferente para ocupar vacantes de provisión por antigüedad en el Cuerpo de la Guardia Civil, en su apartado tercero concedió derecho preferente para cualquier unidad, centro u organismo al personal destinado en unidades ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la Comunidad Foral de Navarra o en el Grupo de Acción Rápida (GAR) que tenga cumplidos, al menos, tres años de destino ininterrumpidos. Desde entonces, se han puesto también de manifiesto las circunstancias de especial penosidad que concurren en el servicio que presta el personal especialista de la Agrupación de Reserva y Seguridad (ARS), principal Unidad de reserva de la Dirección General de la Guardia Civil, manifestadas en continuas comisiones de servicio en apoyo al resto de Unidades del Cuerpo, lo que provoca un acusado desarraigo familiar de los miembros de la ARS y unas condiciones de vida fuera de lo normal, por lo que debe concedérseles el indicado derecho preferente. | |
Información relacionada | |
[L] Orden INT/1295/2005, de 29 de abril, por la que se modifica la Orden INT/3013/2002, de 14 de noviembre, por la que se regula el derecho preferente para ocupar vacantes de provisión por antigüedad en el Cuerpo de la Guardia Civil. | |
[A] TRIBUNALES MILITARES TERRITORIALES. Recurso contencioso disciplinario militar preferente y sumario. Guardia Civil: Derecho a la libre elección de la residencia y a circular por el territorio nacional. | |
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